ESTADO

Iniciativa de Ley que reforma el uso de Armas de Fuego

Redacción

Xalapa, Ver.- La Secretaría de Gobernación público a través de su gaceta parlamentaria la reforma propuesta por la administración anterior quien envió a la Cámara de Diputados una iniciativa para endurecer las medidas contra el tráfico y uso ilícito de armas de fuego, propuesta en la que expone que integrantes de empresas públicas y órganos autónomos como Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de Electricidad, el Centro Nacional de Inteligencia e incluso el Servicio de Administración Tributaria puedan portar armas.

Dicha propuesta aprobada es con la finalidad de regular el uso de calibres como el 5.7 por la potencia que tienen, y el .357 el cual también tiene sus cualidades ya que supera al .380 que si puede ser registrado para uso personal pero solo para seguridad del hogar.

Algunos clubes de tiro se les permitía el registro de este tipo de calibres ya que la ley no era muy clara al respecto si era de uso exclusivo del ejército ya que en algunas Regiones Militares si autorizaban el registro de dichas armas y en otras se negaban a hacer dicho registro por eso se modificó la ley a través de esta reforma.

Dicha iniciativa se envió a la Comisión de Defensa, para que se analizará y en cuanto se integró se puso en marcha a partir de este mes de octubre, México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública. En esta iniciativa se propuso que integrantes de empresas públicas paraestatales, órganos autónomos, entre otras CFE, Pemex, Banco de México, Casa de La Moneda, CNI y SAT y personas físicas o morales puedan portar armas de fuego para el desarrollo de sus funciones de seguridad que emita la Secretaría de la Defensa Nacional siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos por dicha dependencia.

Esta iniciativa servirá para endurecer las medidas contra el tráfico y uso ilícito de armas de fuego. Al respecto, en el artículo 24, fracción II de la citada ley se plantea que puedan portar armas de fuego, en los casos y con las condiciones y requisitos que establecen la presente ley y su reglamento, los integrantes de… los organismos que, por sus funciones de carácter público, justifiquen su necesidad”.

La iniciativa plantea aumentar los tipos de calibre de armas y municiones que son consideradas como exclusivas de las fuerzas armadas, así como de las armas accionadas por gas o aire comprimido, e incluso regular el transporte de las armas que utilicen competidores olímpicos entre sus domicilios y los campos de tiro, que también serán sujetos a regulación.

La reforma propuesta es con la finalidad de mantener un país seguro y ordenado en cuanto al uso de armas de fuego y de quienes las porten o hagan uso de ellas por eso son las restricciones y aplicación de esta nueva reforma a la ley.

Así mismo se contempla y se regula la actuación del personal Militar del Ejército y Fuerza Aérea y Armada de México en activo y situación de retiro, que presten servicios de seguridad pública y privada, para evitar que empleen, de manera irregular, sus armas de fuego y con el fin de que se apeguen a lo establecido en el artículo 32, fracción IV, de la Ley Federal de seguridad privada, que le obliga a utilizar únicamente el equipo y armamento registrado ante la Dirección General que corresponde.

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