Darío Pale
Xalapa, Ver.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) requirió al director de Obras Públicas y al tesorero municipal del Ayuntamiento de Coatepec entregar información solicitada por la regidora sexta, Mariel López López, quien denunció presuntas omisiones y obstáculos para acceder a documentación necesaria para ejercer sus funciones de vigilancia y fiscalización.
La controversia fue llevada ante el órgano jurisdiccional mediante dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, identificados con los expedientes TEV-JDC-444/2026 y TEV-JDC-445/2026.
En el primer caso, correspondiente al expediente TEV-JDC-444/2026, la regidora señaló al director de Obras Públicas por haberle negado por escrito documentación relacionada con obras públicas. El asunto fue turnado a la ponencia de la magistrada Tania Celina Vásquez Muñoz.
La notificación correspondiente fue realizada a las 13:00 horas por el actuario provisional Miguel Ángel Andrade Hernández, mediante la publicación de la cédula respectiva.
El segundo juicio, identificado como TEV-JDC-445/2026, está relacionado con el tesorero municipal, a quien la edil atribuyó la omisión de responder a diversas solicitudes de información de carácter financiero. El expediente fue turnado al magistrado provisional Rodrigo Delgadillo Crivelli.
En este caso, la cédula fue fijada a las 13:00 horas por el actuario Juan Carlos Juárez Ortega, quedando asentados en autos el sello foliador “0023” y la rúbrica “JAHH” del secretario general de Acuerdos.
De acuerdo con los planteamientos presentados por la regidora ante la Oficialía de Partes del TEV, la falta de respuesta y la negativa para proporcionar documentación estarían afectando su derecho de petición y, al mismo tiempo, limitarían el ejercicio de sus atribuciones como integrante del Cabildo, particularmente en materia de vigilancia de cuentas públicas, obras y contratos.
Ante estos señalamientos, el Tribunal Electoral estableció una serie de requerimientos para los funcionarios municipales involucrados y ordenó dar publicidad a los juicios mediante su publicación en estrados durante un plazo de 72 horas, con el objetivo de hacer del conocimiento de posibles terceros interesados la existencia de los procedimientos.
Asimismo, los funcionarios señalados deberán presentar un informe circunstanciado dentro de las 24 horas posteriores a la notificación, además de remitir la documentación correspondiente y explicar ante el órgano jurisdiccional las razones de su actuación.
El tribunal también realizó un apercibimiento respecto de la posibilidad de aplicar las sanciones previstas en el artículo 374 del Código Electoral del Estado de Veracruz en caso de incumplimiento o desacato a los requerimientos formulados.
Como parte de las medidas ordenadas, los funcionarios deberán señalar domicilio procesal en la ciudad de Xalapa o registrarse en el sistema electrónico del TEV para recibir notificaciones. En caso de no hacerlo, las subsecuentes comunicaciones procesales podrían realizarse mediante estrados.
Los procedimientos ponen nuevamente bajo revisión la obligación de los funcionarios municipales de proporcionar a los integrantes de los ayuntamientos la información necesaria para el ejercicio de sus atribuciones, particularmente cuando se trata de labores de vigilancia y fiscalización de los recursos públicos.
Será el propio Tribunal Electoral de Veracruz el que determine, con base en los informes y documentación que presenten los funcionarios, si existió una vulneración a los derechos político-electorales de la regidora y, en su caso, las medidas que correspondan.




