ESTADO

TEV obliga a CEN del PAN a dejar votar a nuevos militantes en Veracruz y Medellín

Redacción

Veracruz, Ver.- El Tribunal Electoral de Veracruz, envió este miercoles 6 de enero, el documento TEV-JDC-657/2020-INC-1, donde se obliga al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, a reconcer como militantes a 473 personas de los municipios de Veracruz y Medellín de Bravo, a fin de que estos puedan votar en el próximo proceso interno.

La impugnación, que fue promovida el 22 de diciembre del 2020, fue ratificado por el Tribunal Electoral Veracruzano el 30 de diciembre de ese mismo año, y donde se instó a la Comisión Nacional de Afiliación de Partido Acción Nacional a reconocer a estos nuevos militantes y dejarles ejercer su voto en las elecciones internas para elegir diputados locales y alcaldías.

El 4 de enero, Elvira Beltrán Utrera y otros militantes, notificaron a la Oficialía de Partes del TEV que el CEN del PAN había desestimado su mandato, por lo que se procedio por lo que a través del documento TEV-JDC-657/2020-INC-1, el cual fue turnado al Magistrado, Roberto Eduardo Sigala Aguilar.

Para este Tribunal lo procedente resulta

maximizar el derecho de afiliación de las y los promoventes, a fin de que el Registro Nacional de Militantes los incluya en el listado nominal a utilizar en la jornada electiva interna del próximo catorce de febrero

Al haber resultado fundado el presente incidente, se ordena a la Comisión Nacional de Afiliación del Partido Acción Nacional

y Registro Nacionalde Militantes lo siguiente:

Procedan a la actualización del listado nominal de militantes, incluyendo a las y los promoventes, a fin de que estén en condiciones de participar en el proceso de selección de candidaturas para integrar planillas de los Ayuntamientos del Estado de Veracruz, que registra el Partido Acción Nacional con motivo del Proceso Electoral

Local 2020-2021, en el estado de Veracruz.

Por ende, la Comisión Nacional de Afiliación, deberá dar cumplimiento a lo anterior, en un término de veinticuatro horas; debiendo remitir a este Tribunal copia certificada de las constancias que se justifiquen el cumplimiento, ello dentro del término de las veinticuatro horas a que ocurra.

En caso de incumplir nuevamente con lo promovido por el Tribunal Electoral de Veracruz, el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, sería amonestado y se haría acredor a una multa económica.

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